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Convocatoria de tramitación anticipada Retos-Colaboración 2017

Envío de candidaturas hasta el 13 de noviembre

Hasta el miércoles, 13 de diciembre de 2017 a las 15:00

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Convocatoria Retos-Colaboración 2017 (2)

Convocatoria Retos-Colaboración 2017 (2)

OBJETO

El objetivo de la convocatoria Retos-Colaboración es el apoyo a proyectos en cooperación entre empresas y organismos de investigación, con el fin de promover el desarrollo de nuevas tecnologías, la aplicación empresarial de nuevas ideas y técnicas, y contribuir a la creación de nuevos productos y servicios.

BENEFICIARIOS

Podrán ser beneficiarios de las ayudas las entidades que estén válidamente constituidas en el momento de la presentación de la solicitud de ayuda, tengan residencia fiscal, o un establecimiento permanente en España y pertenezcan a alguna de las siguientes categorías:

a) Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio.

b) Universidades públicas.

c) Institutos de investigación sanitaria acreditados conforme a lo establecido en el Real Decreto 339/2004, de 27 de febrero, y normas complementarias.

d) Otros centros públicos de I+D.

e) Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal válidamente inscritos en el momento de la presentación de la solicitud en el registro de centros regulado por el Real Decreto 2093/2008, de 18 de diciembre.

f) Universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D.

g) Otros centros privados de I+D. Centros con personalidad jurídica propia y sin ánimo de lucro que tengan definida en sus estatutos la I+D como actividad principal.

h) Empresas, entendiendo como tales a toda sociedad mercantil, independientemente de su forma jurídica, que de forma habitual ejerza una actividad económica dirigida al mercado. Solo podrán adquirir la condición de beneficiarias aquellas empresas, cuya constitución o inicio de actividad haya tenido lugar con anterioridad al primer día del mes anterior al de la fecha de publicación del extracto de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".

i) Asociaciones empresariales sectoriales. Las agrupaciones de interés económico no podrán ser beneficiarias de estas ayudas. Sólo podrán adquirir la condición de beneficiarias aquellas asociaciones empresariales, cuya constitución o inicio de actividad haya tenido lugar con anterioridad al primer día del mes anterior al de la fecha de publicación del extracto de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".

CUANTIA

La cuantía máxima destinada a financiar esta convocatoria es de 399.400.000 €, siendo 99.400.000€ en forma de subvención y 300.000.000€ en forma de anticipo reembolsable FEDER

FECHA DE APLICACIÓN

14 de noviembre de 2017 a las 00:00 (hora peninsular española) al 13 de diciembre de 2017 a las 15:00 horas (hora peninsular española)

DOCUMENTACIÓN Y TRAMITACIÓN 

La cumplimentación y presentación telemática de la solicitud deberá realizarse obligatoriamente a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación.

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