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Ayudas al sector vitivinícola valenciano

jueves, 19 de diciembre de 2019

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Ayudas al sector vitivinícola de la Comunitat Valenciana para la promoción en mercados de terceros países. Con el objetivo de mejorar la competitividad de los vinos españoles, las medidas de información y de promoción en terceros países y tienen que pertenecer a alguna de las siguientes categorias:

1. Vinos con denominación de origen protegida.
2. Vinos con indicación geográfica protegida.
3. Vinos en la que se indique la variedad de uva de vinificación.

Podrán presentar solicitudes para acogerse a la financiación de las medidas de promoción en terceros países:

a) Las empresas vinícolas.

b) Las organizaciones de productores vitivinícolas y asociaciones de organizaciones de productores vitivinícolas.

c) Las organizaciones interprofesionales definidas y reconocidas a nivel nacional.

d) Las organizaciones profesionales: Se entenderá como organizaciones profesionales aquellas que ejerzan su actividad mayoritariamente en el sector del vino, y que estén reconocidas a nivel nacional.

e) Órganos de gestión y de representación de las indicaciones geográficas protegidas y denominaciones de origen protegidas vínicas, así como sus asociaciones.
f) Las asociaciones temporales o permanentes de dos o más productores que tengan entre sus fines el desarrollo de iniciativas en materia de promoción y comercialización del vino.
g) Cooperativas que comercialicen vinos elaborados por ellas o por sus asociados.
h) Las entidades asociativas sin ánimo de lucro participantes exclusivamente por empresas del sector vitivinícola que tengan entre sus fines la promoción exterior de los vinos.
i) Los organismos públicos con competencias legalmente establecidas para desarrollar actuaciones de promoción de productos y mercados en terceros países.

CUANTÍA DE LA AYUDA: 

La participación financiera de la Unión Europea en los programas seleccionados no podrá superar el 50 % de los gastos subvencionables. Sólo se concederá el porcentaje de ayuda aprobado en la última resolución vigente, cuando el grado de ejecución del presupuesto del programa objeto de resolución, alcance, al menos, el 70%.

Si la ejecución de dicho presupuesto, se encuentra entre el 50 y el 70 por ciento del presupuesto aprobado, se disminuirá en 5 puntos porcentuales el porcentaje de la ayuda aprobado en la última resolución vigente.

 

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