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TicCámaras Convocatoria 2022

TicCamaras

Nuevas tecnologías de la Información y la Comunicación para la mejora de la competitividad de la pyme

Hasta el viernes, 30 de septiembre de 2022 a las 09:00

Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Castellón

Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Castellón

Publicado el jueves, 10 de marzo de 2022 a las 09:47

 ¿Qué es?

Es un programa de ayudas para autónomos y pequeñas y medianas empresas, con el objetivo de “mejorar el uso y la calidad de las tecnologías de la información y de las comunicaciones y el acceso a las mismas” ayudándolas a integrar herramientas competitivas digitales claves en su estrategia y a maximizar las oportunidades que la Transformación Digital les ofrece para reactivar su actividad, mejorando su productividad y competitividad como medida para hacer frente al impacto de la COVID-19.

El programa consta de 2 fases:

FASE 1: Diagnóstico asistido de TIC

Esta fase incluye un sistema de diagnóstico asistido y personalizado, se realizará un análisis del nivel de digitalización de la empresa, sobre 3 líneas de actuación:

  • Herramientas de productividad en la nube: ERP, CRM, TV, LoT, Big Data, realidad virtual…
  • Comercio electrónico: web, tienda online, pasarela de pagos, facturación electrónica, firma digital…
  • Marketing digital: posicionamiento web, email marketing, social media, aplicaciones móvilrd, Lot...

FASE 2: Implantación

Tras el análisis TIC de cada empresa y el Plan Personalizado de implantación, una serie de proveedores externos a la Cámara realizarán la implantación de soluciones TIC para cada empresa, junto con la memoria del proyecto que van a implantar.

¿A quién va dirigido?

Van destinadas a todas las empresas de la provincia de Castellón que cumplan unos requisitos:

  • Ser pymes o autónomos
  • Domicilio social en alguno de los municipios de la demarcación de la Cámara de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Castellón
  • Estar al corriente de pagos de sus obligaciones tributarios y con la Seguridad Social
  • Cumplir la normativa de ayudas de minimis según lo previsto en el Reglamento 1998/2006
  • Estar dado de alta en el Censo del IAE, sección 1
  • Cualquier empresa que esté dada de alta en algún epígrafe de los excluidos, no podrá ser beneficiaria del Programa al no poder justificar de forma clara que la ayuda se vaya a dirigir únicamente a la parte de la empresa referente los epígrafes admitidos
  • No encontrase incursa en ninguna de la prohibiciones que hace referencia el artículo 13 de la Ley 38(2003

Plazos

El plazo se abrirá el 11 de marzo a partir de las 9:00h hasta el 30 de septiembre

Inscripciones

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